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Exoneración de multas por presentación tardía de Declaraciones Juradas de Prestación Coactiva

Resolución con fecha 2 de octubre de 2020

Vista la presentación de cooperativas a regularizar sus declaraciones juradas

Resultando: Que el asunto se encuentra dentro de las delegaciones conferidas por el Directorio a la Dirección Ejecutiva (literal h)

Considerando: I) Que con carácter general se exoneró de multas por presentación tardía de declaraciones juradas de prestación coactiva que se presentaran hasta el pasado 15 de julio.

II) Que vencido dicho plazo se encuentran en proceso de regularización de la presentación de sus declaraciones juradas muchas cooperativas que postergaron sus asambleas ordinarias, debido a la pandemia del Covid 19, hasta después de la sanción del decreto que permite sesionar con la participación de sus socios a distancia, utilizando plataformas virtuales.

III) Que si bien no es exigible la aprobación formal de los balances para la presentación de las declaraciones juradas, la administración de muchas cooperativas han resuelto someterlos a la previamente a la asamblea.

En ejercicio de las facultades delegadas por resolución del Directorio de fecha 30 de noviembre de 2016 y modificativas (Acta 431 – Punto 4.3, delegación establecida en el literal h), se resuelve:

APROBAR CON CARÁCTER GENERAL LA EXONERACIÓN DE MULTAS POR PRESENTACIÓN TARDÍA DE DECLARACIONES JURADAS DE PRESTACIÓN COACTIVA PARA LA PROMOCIÓN, DESARROLLO Y EDUCACIÓN COOPERATIVA DESDE EL DÍA DE LA FECHA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020. VENCIDO DICHO PLAZO, SE CONTINUARÁ APLICANDO EL RÉGIMEN VIGENTE HASTA EL PRESENTE.

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