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Obra de Elis Montagne 

LEY 19.324

Ley 19.324 - Nuevo prórroga de plazo para Adecuación de Estatutos de Cooperativas
 

Artículo Único

Sustitúyase el artículo 221 de la Ley N° 18.407, de 24 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo único de la Ley N° 18.921, de 27 de junio de 2012, por el siguiente:

 

"ARTÍCULO 221. (Adaptación de las cooperativas a las previsiones de la ley). Las cooperativas constituidas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley, deberán adaptar sus estatutos sociales a dicho marco jurídico no más allá del 31 de diciembre de 2016.

Vencido el referido plazo, el Registro de Personas Jurídicas, Sección Registro Nacional de Cooperativas, no inscribirá documento alguno de cooperativas sometidas a esta ley hasta tanto no se haya inscripto, de ser necesario, la adaptación de sus estatutos; y serán pasibles de las sanciones previstas en la presente ley.

A los solos efectos de dar cumplimiento a esta exigencia, la reforma del estatuto social deberá ser aprobada en Asamblea General Extraordinaria, siendo suficiente el voto a favor de más de la mitad de los socios presentes, con independencia de los requisitos que al respecto establezcan los estatutos vigentes de cada cooperativa".

 

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 9 de junio de 2015.

 

LUCÍA TOPOLANSKY, Presidenta; JOSÉ PEDRO MONTERO, Secretario.

MINISTERIO DEL INTERIOR

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO

TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

 

Montevideo, 19 de Junio de 2015

 

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la se sustituye el artículo

21 de la Ley N° 18.407, de 24 de octubre de 2008, en la redacción dada por elartículo único de la Ley N° 18.921, de 27 de junio de 2012, en relación a

Estatutos Sociales de las Cooperativas.



VER TEXTO DE LA LEY 19.324 

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