Transformación de cooperativas sociales a cooperativas de trabajo
INACOOP y el Registro de Personas Jurídicas (DGR) elaboraron un documento que orienta la transformación de cooperativa social a cooperativa de trabajo, con el objetivo de que se puedan cumplir los plazos impuestos por DGI para el pago de tributos.
En el proceso de esta transformación se presentó un problema tributario. DGI interpreta que la transformación se produce en el momento de la presentación del nuevo estatuto en el Registro de Personas Jurídicas. Eso supone que desde ese mismo momento, la cooperativa pierde la exoneración de IVA y que toda actividad futura está gravada, aun cuando no pueda presentarse ante la DGI a registrar el cambio y solicitar nuevas libretas de facturas, por lo cual se le generarían multas y recargos en el período que media entre su presentación y la aprobación de la reforma estatutaria y cambio de denominación. El asunto se agravaba si el Registro realizaba observaciones al Estatuto y transcurrían varios meses antes de obtenerse la inscripción definitiva.
Para superar esa dificultad, se conformó una comisión de trabajo entre el Registro de Personas Jurídicas e INACOOP. Por el Registro trabajaron las Escribanas Betty Perdomo y Margarita Berninzoni, contando INACOOP con la colaboración de la Esc. Carmen Taborda. Entre ambas instituciones se obtuvo como resultado el documento que se encuentra en esta página web, que asegura un modelo (nunca preceptivo, por supuesto) que puede calificarse sin observaciones y así obtenerse la inscripción en un plazo inferior a treinta días. De esa manera se simplifica el trámite y se evita incurrir en multas y recargos, al poder emitirse las nuevas facturas con IVA incluido en un plazo breve.
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