Exoneración de multas por presentación tardía de Declaraciones Juradas de Prestación Coactiva

Resolución con fecha 2 de octubre de 2020
 

Vista la presentación de cooperativas a regularizar sus declaraciones juradas


 
Resultando: Que el asunto se encuentra dentro de las delegaciones conferidas por el
 

 
Directorio a la Dirección Ejecutiva (literal h)


 
Considerando:
 

 
I) Que con carácter general se exoneró de multas por presentación tardía de
 

 
declaraciones juradas de prestación coactiva que se presentaran hasta el pasado
 

 
15 de julio.


 
II) Que vencido dicho plazo se encuentran en proceso de regularización de la
 

 
presentación de sus declaraciones juradas muchas cooperativas que postergaron
 

 
sus asambleas ordinarias, debido a la pandemia del Covid 19, hasta después de la
 

 
sanción del decreto que permite sesionar con la participación de sus socios a
 

 
distancia, utilizando plataformas virtuales.


 
III) Que si bien no es exigible la aprobación formal de los balances para la
 

 
presentación de las declaraciones juradas, la administración de muchas
 

 
cooperativas han resuelto someterlos a la previamente a la asamblea.
 

En ejercicio de las facultades delegadas por resolución del Directorio de fecha 30
 

 
de noviembre de 2016 y modificativas (Acta 431 – Punto 4.3, delegación
 

 
establecida en el literal h), se resuelve:

APROBAR CON CARÁCTER GENERAL LA EXONERACIÓN DE MULTAS POR PRESENTACIÓN
 

 
TARDÍA DE DECLARACIONES JURADAS DE PRESTACIÓN COACTIVA PARA LA PROMOCIÓN,
 

 
DESARROLLO Y EDUCACIÓN COOPERATIVA DESDE EL DÍA DE LA FECHA HASTA EL 31 DE
 

 
DICIEMBRE DE 2020. VENCIDO DICHO PLAZO, SE CONTINUARÁ APLICANDO EL RÉGIMEN
 

 
VIGENTE HASTA EL PRESENTE.